La Corte Suprema de Justicia dejó firme la condena a ocho años de prisión contra el exgobernador de Entre Ríos Sergio Urribarri en la causa que investigó maniobras de corrupción vinculadas con contratos de publicidad oficial durante sus dos gestiones provinciales, entre 2007 y 2015.
La decisión fue firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes declararon inadmisible por cuestiones procesales un recurso presentado por Gustavo Roberto Tamay, otro de los condenados. Con ese rechazo quedaron firmes las penas dictadas contra todos los acusados alcanzados por la sentencia.
Urribarri había sido condenado por negociaciones incompatibles con la función pública y peculado, en distintos hechos investigados dentro del expediente. Además de los ocho años de prisión, recibió una pena de inhabilitación.
La resolución abre ahora la posibilidad de que la Fiscalía solicite nuevamente su detención, de acuerdo con la información difundida tras conocerse el fallo.
La causa dio por probado que entre enero de 2010 y septiembre de 2015 se realizaron 143 operaciones que provocaron un perjuicio económico de $12.170.338,96 a la provincia. También se analizaron otras maniobras relacionadas con campañas de difusión de actos de gobierno y con la promoción de las precandidaturas presidenciales de Urribarri.
Según la investigación judicial, durante su administración se montó un esquema para derivar fondos públicos hacia empresas de publicidad vinculadas con Juan Pablo Aguilera, cuñado del exgobernador, aunque registradas formalmente a nombre de terceros.
La acusación sostuvo que se adjudicaban contratos para campañas oficiales eludiendo mecanismos destinados a garantizar la competencia entre oferentes del Estado. Luego, los acuerdos eran aprobados mediante decretos y se confeccionaban actas que, según la causa, acreditaban prestaciones que no se habían realizado en las condiciones declaradas.
Pedro Ángel Báez y Aguilera fueron condenados a seis años y seis meses de prisión e inhabilitación por negociaciones incompatibles con la función pública y peculado en dos hechos, uno de ellos considerado delito continuado, en carácter de partícipes primarios.
Tamay recibió tres años de prisión en suspenso e inhabilitación. Su presentación ante la Corte fue desestimada por incumplir requisitos establecidos en la acordada 4/2007.
También quedaron firmes las condenas contra Corina Elizabeth Cargnel y Gerardo Daniel Caruso, ambos a tres años de prisión en suspenso e inhabilitación; y contra Luciana María Belén Almada y Emiliano Osvaldo Giacopuzzi, sentenciados a dos años y seis meses en suspenso e inhabilitación.
Con la decisión de la Corte Suprema, el expediente agotó esta instancia procesal y dejó consolidadas las condenas dictadas por las maniobras investigadas durante las gestiones de Urribarri en Entre Ríos.
Con información de Infobae.